Nuevo proyecto de ley de California busca eliminar ciertos aditivos alimentarios

Los pasillos de dulces y bebidas deportivas en las tiendas de comestibles de California podrían verse muy diferentes si AB418 se convierte en ley. La Asamblea de California ha propuesto enmendar el Código de Salud y Seguridad del estado para evitar la fabricación, venta, entrega, distribución, tenencia u oferta para la venta de alimentos que contengan cualquiera de las siguientes sustancias:

1. Aceite vegetal bromado;

2. bromato de potasio;

3. Propilparabeno;

4. tinte 3; o

5. Dióxido de titanio.

Estos ingredientes se usan comúnmente como emulsionantes y para proteger el sabor cítrico (aceite vegetal bromado), para ayudar a que la masa crezca (bromato de potasio), como conservantes (propilparabeno) y para dar color (tinte rojo 3 y dióxido de titanio [un agente blanqueador]).

Si bien estos ingredientes son generalmente reconocidos como seguros (GRAS) por la FDA, los dos miembros de la Asamblea estatal que patrocinan el proyecto de ley han tomado la posición de que estos ingredientes son tóxicos. Los patrocinadores del proyecto de ley han señalado que la Unión Europea ya ha prohibido los cinco aditivos de las aplicaciones de uso alimentario. Algunos fabricantes de alimentos que utilizan dióxido de titanio han sido demandados en un tribunal federal de California por la teoría de que los alimentos que contienen este ingrediente no son aptos para el consumo humano.

Si el proyecto de ley se convierte en ley, los fabricantes de alimentos que utilicen cualquiera de los ingredientes anteriores tendrían que reformular sus productos para poder seguir vendiéndolos en el estado de California. Además, cualquier planta de fabricación ubicada en California que elabore productos con estos aditivos tendrá que trabajar con la empresa de alimentos para reformular o trasladar la producción fuera del estado. Si la instalación de fabricación continuara produciendo alimentos con los aditivos, correría el riesgo de ser cerrada por los reguladores estatales. Del mismo modo, cualquier tienda de abarrotes o minorista que venda los artículos querrá vender a través de sus existencias antes de que la ley entre en vigencia.

Debido a que cada uno de los aditivos a los que se dirige el proyecto de ley actualmente se designan como GRAS, si el proyecto de ley se aprobara como ley, existe cierta probabilidad de que sea impugnado en los tribunales por una teoría de preferencia. Tal ataque no carecería de base: en otros contextos, los tribunales han confirmado que los estados no pueden prohibir el uso de aditivos alimentarios que la FDA ha determinado que son GRAS. Ver Marrache v. Bacardi U.S.A., Inc., Caso No. 19-23856, 2020 U.S. Dist. LEXIS 13668 (S.D. Fla. 28 de enero de 2020); Beasley v. Conagra Brands, Inc., Caso No. 18-cv-06730, 374 F. Supp. 3d 869 (ND Cal. 2019).

El texto actual de AB418 establece que la ley (si se aprueba) entraría en vigencia el 1 de enero de 2025. Por lo tanto, las empresas, los fabricantes y los minoristas tienen algo de tiempo para evaluar sus opciones.